miércoles, 4 de noviembre de 2009

ACTUALIDAD // LA ASOCIACIÓN CULTURAL ESCUELA LAICA DE VALLADOLID EXIGE A LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN QUE DESISTA DEL RECURSO PRESENTADO EN EL CASO DEL COLEGIO MACÍAS PICAVEA

ANTE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS SOBRE LA PRESENCIA DE CRUCIFIJOS EN LOS COLEGIOS PÚBLICOS


LA ASOCIACIÓN CULTURAL ESCUELA LAICA DE VALLADOLID EXIGE A LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN QUE DESISTA DEL RECURSO PRESENTADO EN EL CASO DEL COLEGIO MACÍAS PICAVEA

La Asociación Cultural Escuela Laica de Valladolid (ACEL) se congratula de la sentencia dictada este martes por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), en la que indica que la presencia de símbolos religiosos en los colegios públicos vulnera la libertad de convicciones.

Esta sentencia, motivada por la reclamación de una mujer italiana, contiene argumentos muy similares a los de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Valladolid, de 14 de Noviembre de 2008, referida al caso del colegio público Macías Picavea y que está recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León por la Junta de Castilla y León y por el grupo ultra E-Cristians.

Así, la sentencia del TEDH indica que privilegiar en las aulas una religión mediante la exposición de sus símbolos da a los alumnos la sensación de que el Estado se adhiere a una creencia religiosa determinada y que se sitúa lejos de quienes no se reconozcan en ella, además de que los alumnos pueden sentirse educados en un entorno escolar marcado por una religión determinada.

Señala también que el Estado debe ser neutro y respetar las convicciones de los padres en un entorno escolar abierto, favoreciendo la inclusión y no la exclusión, por lo que el aula no debe ser un teatro de actividades misioneras o de sermón. En este sentido, el Tribunal reitera que la exposición obligatoria de un símbolo de una confesión determinada en el ejercicio de la función pública, y en particular en las aulas, restringe el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones, así como el derecho de los niños a creer o no creer.

La sentencia añade que la presencia del símbolo en una escuela pública puede constituir una forma de enseñanza implícita de una religión, cuando el Estado debe abstenerse de imponer, incluso indirectamente, creencias en los lugares donde las personas son dependientes de él o en lugares en los que sean vulnerables.

El Tribunal indica que no ve cómo la exposición del crucifijo en las escuelas públicas puede servir al pluralismo educativo que es esencial para la preservación de una sociedad democrática.

Para ello, la sentencia asevera que la cruz, y más todavía el crucifijo, no pueden ser percibidos más que como símbolos religiosos, y lo contrario debería ser motivo de ofensa para la propia Iglesia Católica.

Por todo ello, ACEL pide a la Junta de Castilla y León y a E-Cristians que desistan del recurso presentado, basado en argumentos que han sido ahora desmontados por el TEDH, como por ejemplo el despojar a los crucifijos de su significado religioso.

Tras más de 4 años de conflicto en el caso del colegio Macías Picavea, la Junta de Castilla y León debería darse cuenta ya de lo inútil de su pretensión, defendiendo una situación claramente anacrónica como lo prueba el hecho de que en la mayoría de los colegios ya coexiste esta simbología, y dejar de gastar recursos públicos (además del coste del proceso, en el caso de Italia incluso el TEDH condena al Estado italiano a indemnizar con 5.000 € a la demandante por los daños morales sufridos) en poner puertas al campo, pues todas las argumentaciones judiciales habidas hasta el momento apuntan en la dirección sostenida por ACEL desde el principio: que la presencia de simbología religiosa particular en un centro educativo público vulnera derechos fundamentales de las personas (para cuya interpretación existe el TEDH).

Por ello, el ejecutivo castellano y leonés debe dejar de dilatar sin sentido el caso del colegio Macías Picavea, restableciendo los derechos fundamentales de las personas que se ven afectadas por la situación.

En caso contrario, si la Junta de Castilla y León no desiste del recurso, ACEL espera firmemente que las instancias judiciales le vuelvan a dar la razón, y de no ser en las instancias más inmediatas está firmemente decidida a seguir hasta donde sea necesario, sabiendo ya de antemano que el TEDH le va a dar la razón, deslegitimando la postura del ejecutivo castellano y leonés, aunque por supuesto está segura de que no será necesario llegar tan lejos.

Por otro lado, ACEL exige al Gobierno central que no se quede pasivo y proceda de forma inmediata a hacer cumplir la Constitución, y en virtud de los principios de neutralidad del Estado y de igualdad entre las personas, ordene la retirada de los símbolos religiosos de los escasos centros públicos en que todavía persisten.

OPINIÓN // UN CEMENTERIO DE TODOS POR IGUAL

Un cementerio de todos por igual. Quienes tienen creencias religiosas (católicos, protestantes, ortodoxos, judíos, musulmanes), así como quienes mueven su mirada y su vida en el horizonte de lo real, tienen el mismo destino, coinciden en morir al final de su existencia y acaban en el mismo tanatorio municipal. De ahí que las instalaciones y servicios funerarios que debe proporcionar un ayuntamiento han de cumplir siempre las condiciones de calidad, plena igualdad y respeto de todas las ideas, según la libertad de conciencia de la ciudadanía.



ARTÍCULO COMPLETO:
El Periódico de Aragón, 04 de noviembre de 2009
http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=536135